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Convivencia· 9 min

¿Es el Presa Canario un PPP? Requisitos y documentos para tenerlo en España

K-Zultan de Irema Curtó, Perro de Presa Canario adulto

«¿El Presa Canario es un perro peligroso y necesita licencia?» Es de las primeras preguntas que se hace quien se plantea tener uno, y la respuesta tiene más matices de los que verás en la mayoría de las webs. Vamos a contarlo bien, claro y actualizado a 2026 —incluido el detalle de Canarias, que casi nadie explica—.

Aviso importante de partida: esto es información orientativa. La normativa PPP tiene tres niveles (estatal, autonómico y municipal) y está en plena evolución, así que antes de dar cualquier paso confirma siempre con tu ayuntamiento y tu comunidad autónoma.

¿El Presa Canario es PPP? El matiz que casi nadie te cuenta

Aquí está lo que casi nunca se explica bien. La norma estatal —el Real Decreto 287/2002, que desarrolla la Ley 50/1999— clasifica a un perro como potencialmente peligroso por dos vías distintas:

  1. Por raza (Anexo I): una lista cerrada de 8 razas — Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu. El Presa Canario NO está en esta lista.
  2. Por características físicas (Anexo II): cualquier perro que reúna todas o la mayoría de estas características: peso superior a 20 kg, perímetro torácico de 60-80 cm, alzada de 50-70 cm, fuerte musculatura y aspecto poderoso, cabeza voluminosa y cuboide, mandíbulas grandes y fuertes, pecho profundo y extremidades muy musculadas.

¿Y qué perro cumple ese Anexo II punto por punto? Exacto: el Presa Canario. Por eso, aunque no aparezca en la lista de las 8 razas, el Presa se considera PPP en la práctica y debe cumplir todos los requisitos.

Cuidado con esto, porque circula mucho el bulo de «como el Presa no está en la lista, no necesita licencia». Es falso, y creértelo te puede costar una multa seria. Un Presa adulto reúne de sobra las características del Anexo II.

La ley tiene tres niveles

Para entender qué te aplica, hay que mirar los tres:

  • Estatal: Ley 50/1999 + Real Decreto 287/2002. Es la base común de todo el país.
  • Autonómico: cada comunidad puede endurecer o concretar. En Canarias rige el Decreto 30/2018, y tiene diferencias importantes (el seguro, sobre todo — ahora lo vemos).
  • Municipal: tu ayuntamiento es quien concede la licencia y quien fija los detalles del trámite y a veces requisitos añadidos.

Los documentos para la licencia (lo que de verdad preguntas)

La licencia la concede tu ayuntamiento y hay que renovarla cada 5 años. Para conseguirla necesitas reunir esta documentación:

  1. Ser mayor de edad.
  2. Certificado de antecedentes penales, acreditando que no has sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, tortura, contra la libertad o la salud, o de maltrato animal.
  3. Certificado de capacidad física y aptitud psicológica — el llamado «psicotécnico». Se hace en un centro de reconocimiento autorizado (los mismos que expiden el del carnet de conducir) y tiene una vigencia de un año a efectos administrativos.
  4. Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, en vigor. Aquí está la gran diferencia de Canarias:
    • En Canarias: mínimo 200.000 € por siniestro (Decreto 30/2018).
    • En muchas otras comunidades la cifra habitual es de 120.000 €.
    • Confirma siempre el importe exacto de tu comunidad y municipio.
  5. Declaración de no haber sido sancionado por infracciones graves en materia de animales potencialmente peligrosos.

Y una vez tienes el perro

Con la licencia en la mano y el perro en casa, quedan las obligaciones del día a día:

  • Inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos de tu ayuntamiento. En Canarias, dentro de los 15 días siguientes a tener al animal.
  • Microchip, cartilla veterinaria y vacunación al día.
  • En la vía pública: bozal homologado y correa no extensible de menos de dos metros, siempre. Y no puedes llevar más de un PPP por persona.

La novedad de 2026: la Ley 7/2023

La Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales ha traído cambios que conviene conocer:

  • Seguro obligatorio para TODOS los perros. Desde septiembre de 2026, cualquier perro —sea PPP o no— debe tener un seguro de responsabilidad civil. No tenerlo puede acarrear multas de 500 a 10.000 €. Para los PPP, la póliza suele ser específica e independiente.
  • Se mantiene el sistema por razas. Aquí hay que deshacer un malentendido muy extendido: durante la tramitación se propuso sustituir la clasificación por raza por una evaluación individual del comportamiento de cada perro. Esa propuesta se quedó fuera del texto final. Es decir: sigue plenamente vigente el régimen de PPP de la Ley 50/1999 y el Real Decreto 287/2002.
  • El reglamento que desarrolla la ley ha ido con retraso, así que conviene estar atento a las actualizaciones y, de nuevo, confirmar en tu ayuntamiento.

El papel del criador

La ley regula la tenencia, pero la estabilidad del perro se cría. Un Presa Canario de líneas seleccionadas durante décadas por su temperamento equilibrado es un animal seguro y predecible; uno mal criado o mal socializado, no. Recuerda que ser PPP no significa ser agresivo: la catalogación va de la fuerza y el tamaño, y de la responsabilidad del dueño, no del carácter de la raza.

En Irema Curtó llevamos medio siglo criando Presa Canario fiel al estándar tradicional: sereno, seguro y sociable. Acompañamos a cada dueño también en esto —qué necesita, cómo cumplir con la ley— porque un buen Presa en una buena casa es lo que defiende a la raza. Si estás pensando en dar el paso, escríbenos y te ayudamos.


Información orientativa a septiembre de 2026, basada en la Ley 50/1999, el Real Decreto 287/2002, el Decreto 30/2018 de Canarias y la Ley 7/2023. La normativa PPP es estatal, autonómica y municipal, y está en revisión: consulta siempre la normativa vigente y las ordenanzas de tu comunidad autónoma y tu ayuntamiento antes de actuar.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Es el Presa Canario un perro potencialmente peligroso (PPP) en España?
Sí, en la práctica lo es, aunque con un matiz: no figura entre las 8 razas nombradas en el Real Decreto 287/2002. Pero esa misma norma clasifica como PPP a cualquier perro que reúna ciertas características físicas (más de 20 kg, musculatura potente, cabeza voluminosa, mandíbulas fuertes…), y el Presa las cumple todas. Conclusión: necesita licencia y todas las obligaciones de un PPP. No te fíes de quien te diga que «como no está en la lista, no hace falta».
¿Qué documentos necesito para tener un Presa Canario legalmente?
Para la licencia municipal necesitas: ser mayor de edad; certificado de antecedentes penales (sin delitos de homicidio, lesiones, tortura, contra la libertad, la salud o maltrato animal); certificado de capacidad física y aptitud psicológica (un psicotécnico en centro autorizado); seguro de responsabilidad civil en vigor; y una declaración de no haber sido sancionado por infracciones graves con animales peligrosos. Después, inscribir al perro en el Registro Municipal de PPP.
¿Cuánto seguro necesito para un Presa Canario en Canarias?
En Canarias, el Decreto 30/2018 exige un seguro de responsabilidad civil de al menos 200.000 euros por siniestro, que debe mantenerse en vigor toda la validez de la licencia. Ojo: en muchas otras comunidades la cifra habitual son 120.000 euros, así que el importe depende de dónde vivas. Confirma siempre el de tu comunidad y ayuntamiento.
¿El Presa Canario está en la lista oficial de razas peligrosas?
No por su nombre. La lista estatal del Real Decreto 287/2002 recoge 8 razas (Pit Bull, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu) y el Presa no está entre ellas. Es PPP por la vía de las características físicas, no por la de la raza. El resultado práctico es el mismo: cumple todos los requisitos.
¿Es obligatorio el bozal para un Presa Canario?
Sí. En cualquier espacio público, un PPP debe llevar bozal homologado y correa no extensible de menos de dos metros, y no se puede llevar más de un PPP por persona. Además, microchip, cartilla veterinaria y vacunación al día, e inscripción en el Registro Municipal (en Canarias, dentro de los 15 días siguientes a tenerlo).
¿Qué cambió con la Ley 7/2023 en 2026?
Dos cosas importantes. Primera: desde septiembre de 2026, el seguro de responsabilidad civil pasa a ser obligatorio para TODOS los perros, no solo los PPP, con multas de 500 a 10.000 euros por no tenerlo. Segunda, y contra lo que mucha gente cree: la Ley 7/2023 NO cambió la clasificación de perros peligrosos a una evaluación individual por comportamiento; esa propuesta se quedó fuera del texto final, así que sigue vigente el sistema por razas y características del Real Decreto 287/2002.

Del libro

Esto es solo una parte de la historia

Muchos de nuestros artículos nacen de «El Perro de Presa Canario, su verdadero origen», el libro de Manuel Curtó Gracia: 450 páginas de historia, documentos y polémica sobre la raza.

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